¿En qué punto está la reforma?
El Gobierno y los agentes sociales (CCOO y UGT) alcanzaron un acuerdo para reformar la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales a principios de 2026. El borrador salió a audiencia pública en marzo de 2026 y el anteproyecto de ley fue aprobado por el Consejo de Ministros en abril de 2026. A día de hoy se encuentra en tramitación parlamentaria.
Esto es importante: todavía no es ley en vigor. La previsión es que la mayor parte de los cambios se apliquen a partir del 2 de enero de 2027, pero las fechas y el contenido final pueden variar durante la tramitación. Lo tratamos aquí como "lo que viene", para que llegues con deberes hechos y no a contrarreloj.
Qué cambia con la reforma de la Ley de PRL
1. Los riesgos psicosociales entran en la ley
Es el cambio estrella. La reforma incorpora de forma expresa la salud mental y los riesgos psicosociales —estrés, carga mental, acoso— al concepto de daño laboral. Hasta ahora se evaluaban por interpretación; con la reforma pasan a estar en el texto de la ley, con un reglamento específico previsto para desarrollarlos. Para tu empresa significa que la evaluación de riesgos tendrá que cubrir también lo psicosocial, y ese documento, como los demás, caduca y hay que renovarlo.
2. Perspectiva de género y de edad
La evaluación de riesgos deberá tener en cuenta las diferencias por sexo y por edad (no es lo mismo el riesgo para una trabajadora embarazada, para un trabajador sénior o para personal joven). Es un enfoque que ya existía en parte, pero la reforma lo hace explícito y exigible.
3. El cambio climático entra en el Plan de Prevención
Los fenómenos meteorológicos adversos —olas de calor extremo, sobre todo— pasan a considerarse un riesgo a evaluar y planificar. Afecta de lleno a sectores con trabajo al aire libre como la construcción, la agricultura o el transporte.
4. Más coordinación con las subcontratas (CAE)
La reforma refuerza la coordinación de actividades empresariales (art. 24 de la Ley 31/1995 y RD 171/2004). En la práctica, las empresas con subcontratas tendrán que ser aún más rigurosas con el intercambio y la validación de documentación entre la empresa principal y las subcontratas. Si te suena a perseguir papeles por email, justo eso es lo que viene a más. (Te lo contamos en detalle en la guía de CAE.)
5. Sanciones más duras y más Inspección
El anteproyecto plantea un endurecimiento del régimen sancionador y un papel más activo de la Inspección de Trabajo, en línea con su Plan Estratégico 2025-2027, que ya prioriza el control de los riesgos psicosociales. La idea de fondo: ya no basta con "tener el papel", hay que demostrar que se aplica y mantiene al día.
¿Esto afecta a mi pyme?
Sí. Conviene desmontar el mito de que la PRL "es cosa de grandes": las obligaciones de prevención aplican desde el primer trabajador, y la reforma no exime a las pymes. Lo que cambia es el alcance:
- Más riesgos a evaluar (psicosociales, calor) → más documentos.
- Más trazabilidad exigible → no vale el PDF suelto, hay que poder demostrar que está vigente.
- Más control de subcontratas si trabajas con CAE.
Qué documentos nuevos tendrás que mantener al día
El patrón de siempre: no es difícil hacer el documento, es difícil acordarse de cuándo toca renovarlo. Con la reforma, estos son los que ganan peso:
| Documento | Qué cambia con la reforma | ¿Caduca? |
|---|---|---|
| Evaluación de riesgos psicosociales | Pasa a ser obligación expresa | Sí, hay que revisarla |
| Evaluación de riesgos (general) | Suma género, edad y clima | Sí, ante cambios |
| Plan de Prevención | Incorpora los nuevos riesgos | Se actualiza |
| Documentación CAE de subcontratas | Más control e intercambio | Sí (aptos, formación…) |
Cómo prepararte (sin agobios)
- Inventaría lo que ya tienes y comprueba qué está vigente y qué caducado.
- Habla con tu Servicio de Prevención Ajeno sobre la evaluación psicosocial: si no la tienes, será lo primero que te pidan.
- Si trabajas con subcontratas, centraliza su documentación en un sitio donde la veas de un vistazo, no en correos sueltos.
- Pon un sistema que te avise antes de que algo caduque, en lugar de revisarlo a mano.
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Este artículo es informativo y se basa en el anteproyecto de reforma conocido en 2026; no constituye asesoramiento legal. Verifica siempre el texto definitivo publicado en el BOE.