🏥 Salud Laboral · Reconocimiento médico · Abril 2026

Vigilancia de la salud laboral en 2026: cuándo es obligatoria y qué incluye el reconocimiento médico

Por el equipo de DocuPRL · 6 min de lectura · Actualizado abril 2026
El reconocimiento médico laboral es uno de los documentos más verificados por la Inspección de Trabajo y uno de los que más frecuentemente aparece caducado. Sin apto médico vigente, el trabajador no puede incorporarse a su puesto. Te explicamos todo lo que necesitas saber.

¿Qué es la vigilancia de la salud laboral?

La vigilancia de la salud laboral es el conjunto de actuaciones sanitarias para conocer el estado de salud de los trabajadores en relación con los riesgos de su puesto de trabajo. Su herramienta principal es el reconocimiento médico laboral, también llamado "apto médico".

Está regulada por el Art. 22 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, que obliga al empresario a garantizarla de forma periódica y adaptada a los riesgos específicos del puesto.

¿Cuándo es obligatoria la vigilancia de la salud?

La vigilancia de la salud es obligatoria en estos momentos:

⚠️ Voluntaria con excepciones importantes
La vigilancia de la salud es en principio voluntaria para el trabajador. Sin embargo, cuando sea imprescindible para evaluar los efectos del trabajo sobre la salud o por seguridad de terceros, puede ser obligatoria. En construcción, dado el nivel de riesgo, suele considerarse obligatoria.

Periodicidad del reconocimiento médico por sector

SectorPeriodicidad habitualObservaciones
ConstrucciónAnualPor la alta peligrosidad del sector
Industria (riesgo alto)AnualExposición a ruido, químicos, etc.
Hostelería / ComercioCada 2-3 añosSegún riesgos específicos
Oficina / AdministraciónCada 3-5 añosPantallas de visualización
Conductores profesionalesSegún normativa específicaCada 2-5 años según edad y tipo

¿Qué incluye el reconocimiento médico laboral?

El contenido del reconocimiento médico varía según los riesgos del puesto, pero habitualmente incluye:

Exploración general

Pruebas específicas según riesgos

El documento que debes conservar: el apto médico

Al finalizar el reconocimiento, el médico del trabajo emite un certificado de aptitud con el resultado:

💡 Qué debes conservar como empresa
El certificado de aptitud (apto médico) debe conservarse durante toda la relación laboral y al menos 5 años después de su finalización. En casos de exposición a agentes cancerígenos o que puedan causar enfermedades con largo período de latencia, el plazo puede ser de hasta 40 años.

¿Qué pasa si el trabajador no tiene el apto médico?

Las consecuencias de no tener el apto médico vigente son graves:

Nunca más un apto médico caducado

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Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio el reconocimiento médico laboral? +
Sí. El Art. 22 de la Ley 31/1995 obliga al empresario a garantizar la vigilancia periódica de la salud. En construcción es prácticamente obligatorio por los riesgos inherentes del sector.
¿Con qué frecuencia se hace el reconocimiento médico? +
Depende del sector y los riesgos. En construcción es anual. En oficinas puede ser cada 3-5 años. El médico del trabajo determina la periodicidad según los riesgos del puesto.
¿Puede un trabajador negarse al reconocimiento médico? +
En general sí, es voluntario. Pero cuando sea necesario para evaluar efectos del trabajo sobre la salud o por seguridad de terceros puede ser obligatorio. En construcción por los riesgos se considera habitualmente obligatorio.
¿Cuánto tiempo hay que conservar el apto médico? +
Durante toda la relación laboral y al menos 5 años después. En casos de exposición a agentes cancerígenos el plazo puede ser de hasta 40 años.